DETERMINA SUSTANCIAS QUE PODRAN USARSE EN LA DESNATURALIZACION DE ALCOHOLES ETILICOS
Santiago, 19 de Enero de 1987.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 56 exenta.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 4°, letra e) de la Ley N° 18.455 que fija normas sobre producción; elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres; la Resolución N° 138, de 11 de agosto de 1986, del Director Ejecutivo del Servicio,
Resuelvo:
1. Las sustancias que podrán emplearse en la desnaturalización de alcoholes etílicos serán las siguientes:
- Aceite esencial de eucalipto refinado, 3 gramos por
litro.
- Acetato de amilo, 10 gramos por litro.
- Acetato de burilo, 10 gramos por litro.
- Acetona, 10 gramos por litro.
- Alcohol diacetona, 20 gramos por litro.
- Alcohol isopropílico, 10 gramos por litro.
- Benzol, 15 gramos por litro.
- Creosota, 10 gramos por litro.
- Esencia de eucalipto, 5 gramos por litro.
- Esencia para uso en cosmética y productos de tocador 3
grs. por litro.
- Eter, 20 gramos por. litro.
- Formalina, 10 gramos por litro.
- Ftalato de etilo, 2 gramos por litro.
- Mentol, 10 gramos por litro.
- Meta etfi ketona o metfi Asoburil ketona, 20 gramos
por litro.
- Metileno, 15 gramos por litro.
- Metil etil cetona o etil isobutil cetona, 30 gramos
por litro.
- Mezcla de bencina, 1%; kerosene, 2%; y azul de
metileno, fucsina o verde de malaquita, 1 gramos por
hectólitro.
- Mezcla de bencina, 3%, y kerosene, 2%.
- Mezcla de benzoato de bencilo, 1 gramo, y esencia, 9
gramos.
- Mezcla de esencia de anís, 6 gramos; esencia de menta
piperita, 1,5 gramos, y salol, 0,5 gramos por litro.
- Mezcla de esencia de eucalipto, 2 gramos; esencia de
menta, 5 gramos, y timol, 2 gramos por litro.
- Mezcla de esencia de menta, 5 gramos; mentol, 5
gramos, y salicilato de metilo, 10 gramos por litro.
- Mezcla de esencia de menta piperita, 5 gramos, y
salol, 8 gramos por litro. -
- Mezcla de esencia de trementina, 2%, y esencia de
eucalipto 1%.
- Mezcla de formalino, 1 gramo, y tetracloruro de
carbono, 2 gramos por litro.
- Mezcla de ftalato de etilo, 5 gramos, y alcohol
isopropílico, 5 gramos por litro.
- Mezcla de Pez de Castilla o goma laca o sandaraca o
copal, 20 gramos; formalina, 1 gramo, y esencia de
trementina, 10 gramos por litro.
- Nitrobenzol, 20 gramos por litro.
- Tetracloruro de carbono, 5
gramos por litro.
- Vinagre fuerte de 8% de acidez acética, 2%. - Bencina, que cumpla con especificación vigente, 2RES 2443 EXENTA,
AGRICULTURA
D.O. 11.06.2007
AGRICULTURA
D.O. 11.06.2007
partes por volumen por 100 partes por volumen de
etanol (1,96%). Desnaturalizante exclusivo de
alcohol etílico para uso como combustible.
2.- Las cantidades establecidas en la lista precedente son las mínimas, pudiendo el interesado aumentarlas a voluntad o combinar distintas sustancias respetando las cantidades indicadas.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Orlando Morales Valencia, Director.