Artículo 6°: El Area de Educación General comprenderá las siguientes asignaturas: Castellano - Matemática - Ciencias Sociales - Ciencias Naturales - Educación Familiar - Desarrollo de la Comunidad - Consejo de Curso e Idioma Extranjero. El idioma extranjero se dictará sólo en la Etapa Media.
    El Area de Educación Técnica comprenderá la o las especialidades técnicas ofrecidas por el establecimiento de acuerdo a intereses de los adultos participantes.
    El Area de Educación Complementaria estará referida a actividades relacionadas con la recreación, deportes o actividades artísticas.