Lei número 3,344.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    Núm. 3,344
    "Artículo único.- En atencion a los servicios prestados por el jeneral de la Independencia, don Juan Vidaurre Leal, concédese, por gracia, a sus nietas doña Amalia y doña Mercedes Silva Vidaurre y doña Amelia Vidaurre Leal S., derecho a disfrutar de la pension acordada por la lei número 2,295, de 5 de marzo de 1910, a favor de doña Carmela García Vidaurre, y de la cual gozarán con arreglo a la lei de montepio militar".


    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a cuatro de enero de mil novecientos dieciocho.- Juan Luis Sanfuentes.- Oscar Viel.