OTORGA PREMIO NACIONAL DE CIENCIA 1987 A DON DANKO BRNCIC JURICIC

    Núm. 764.- Santiago, 10 de Septiembre de 1987.- Visto: Lo dispuesto en la letra b) del artículo 8 y el artículo 11, ambos del Decreto Ley N° 681, de 1974; los Decretos Leyes N° 2.396, de 1978, y N° 2.838, de 1979; las Leyes N° 18.541 y 18.580, de 1986; el Decreto Supremo N° 3.160, de 1979 del Ministerio de Educación Pública; las Resoluciones N° 600, de 1977, y 1.050, de 1980, ambas de la Contraloría General de la República; el acuerdo de la Sesión del 26 de agosto de 1987 del Jurado para otorgar el Premio Nacional de Ciencia 1987; y los artículos 32, N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

    Decreto:

    1.- Otórgase el Premio Nacional de Ciencia 1987, por acuerdo del Jurado, a don Danko Brncic Juricic.
    2.- Páguese a don Danko Brncic Juricic, la suma de $ 2.612.566. (dos millones seiscientos doce mil quinientos sesenta y seis pesos), por concepto del Premio Nacional de Ciencia 1987.
    3.- El gasto que demande el pago de este Premio Nacional, se imputará al Subtítulo 25 "Transferencias Corrientes" Item 31 "Transferencias al Sector Privado", Asignación 010 "Premios Nacionales - Premio Luis Cruz Martínez", del Presupuesto de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública.
    4.- El señor Danko Brncic Juricic tiene derecho a percibir la Pensión Vitalicia a que se refiere el artículo N° 11 del Decreto Ley N° 681, de 1974.

    Anótese, tómese razón, refréndese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Juan Antonio Guzmán Molinari, Ministro de Educación Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- René Salamé Martin, Subsecretario de Educación Pública.