ArLey 21719
Art. primero N° 14
D.O. 13.12.2024
tículo 30 quáter.- Miembros del Consejo Directivo de la Agencia. El Consejo Directivo de la Agencia estará integrado por tres consejeros, designados por el Presidente de la República, con acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.
    Para efectos de su designación, el Presidente de la República hará la proposición de la nómina que corresponda y el Senado deberá pronunciarse respecto de la propuesta.
    Los candidatos a consejero deberán ser personas de reconocido prestigio profesional o académico en materias de protección de datos personales.
    El Consejo Directivo de la Agencia designará a su presidente y vicepresidente, de entre sus miembros, de conformidad con lo establecido en los estatutos de la Agencia. Los cargos de presidente y vicepresidente durarán tres años o el tiempo que les reste como consejeros en cada caso.
    Los consejeros durarán seis años en sus cargos, no podrán ser designados para un nuevo periodo y se renovarán de forma individual, cada dos años.
    El cargo de consejero del Consejo Directivo de la Agencia exige dedicación exclusiva.
    El Consejo Directivo de la Agencia adoptará sus decisiones por la mayoría de sus miembros y, en caso de empate, resolverá su presidente, o su vicepresidente en caso de ausencia del presidente. El quorum mínimo para sesionar será de dos consejeros. El reglamento establecerá las demás normas necesarias para su funcionamiento.
    El Consejo Directivo de la Agencia deberá celebrar sesiones ordinarias a lo menos una vez por semana, y sesiones extraordinarias cuando las cite especialmente su presidente por sí o a requerimiento escrito de dos consejeros, en la forma y condiciones que determine su normativa interna de funcionamiento. El presidente no podrá negarse a realizar la citación indicada, debiendo la respectiva sesión tener lugar dentro de los dos días hábiles siguientes al requerimiento señalado.