PRORROGA VIGENCIA DE DECRETOS N° 187, DE 1974, Y EXENTO N° 100, DE 1981

    Núm. 212 exento.- Santiago, 28 de Octubre de 1987.- Considerando:
    Que, por decretos supremos de Educación N° 187, de 1974 y exento N° 100, de 1981 se aprobaron programas de estudio para nivel de transición y nivel medio y primer nivel de transición de la educación parvularia;
    Que, estos programas tenían el carácter de experimentales;
    Que, su evaluación ha requerido de prolongados estudios;
    Que, se ha solicitado por diversas instituciones formadoras, realizar un análisis conjunto con el Ministerio de estas evaluaciones, para elaborar los nuevos programas que regirán en el nivel;
    Que, es necesario prorrogar la vigencia de los programas antes señalados mientras se realiza este análisis y elaboración; y
    Visto: Lo dispuesto en el decreto supremo de Educación N° 2.039 de 1980, resolución N° 1.050 de 1980 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único: Prorrógase por los años escolares 1988 y 1989, la vigencia de los decretos supremos de Educación N° 187, de 1974 que aprueba programas de estudio para el nivel de transición y exento N° 100, de 1981 que aprueba programas de estudio para el nivel medio y el primer nivel de transición de la Educación Parvularia.

    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Juan Antonio Guzmán Molinari, Ministro de Educación Pública.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted.- René Salamé Martin, Subsecretario de Educación Pública.