Lei número 3,807.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    "Artículo único.- Abónase, por gracia, y para los efectos de su jubilacion, al Ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, don Eduardo Gómez Herreros, el tiempo trascurrido entre los años 1867 y 1873 y 1883 a 1901, durante el cual sirvió los cargos de relator suplente de la Corte de Apelaciones de La Serena, secretario judicial, procurador municipal, juez de policía local y profesor del Seminario de la indicada ciudad".

    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a diecinueve de octubre de mil novecientos veintiuno.- Arturo Alessandri.- Tomas Ramírez F.