Artículo 5°.- El Reglamento Interno de cada Centro de Padres determinará la organización del mismo y las funciones que corresponde desempeñar a las diversas unidades o secciones de la estructura que el Centro adopte. En todo caso formarán parte de la organización a lo menos los siguientes organismos:
a) la Asamblea General
b) El Directorio
c) el Consejo de Delegados de Curso
d) los Sub-Centros.