MODIFICA DECRETO Nº 235, DE 1985
Santiago, 19 de agosto de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 139.- Visto: El D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, y sus modificaciones, que reglamenta Sistema de Participación de las Instituciones del Sector Vivienda en Programas Especiales que indica; la ley Nº 16.391, y en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto; el D.L. Nº1.305, de 1975, y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, en el sentido de reemplazar en el inciso segundo de su artículo 9º la frase ''exigirá la presentación de los siguientes documentos:'', por la siguiente: ''exigirá la presentación de los siguientes documentos, no requiriéndose acreditar avance de obras:''.
Artículo transitorio.- La modificación al D.S.
Nº235 (V. y U.), de 1985, contenida en el presente decreto, por ceder en favor de los beneficiarios, será asimismo aplicable a operaciones correspondientes a convenios suscritos con anterioridad a la fecha de su publicación.
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese, EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Sergio Henríquez Díaz, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Berta A. Belmar Ruiz, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.