MODIFICA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD CONCEPCION - ARAUCO
    Santiago, 05 de Noviembre de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
    DFL No. 12.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la Ley No. 18.469, publicada en el Diario Oficial de 23 de noviembre de 1985 y teniendo presente las facultades que conceden los artículos 60 No. 14, 61 y 62 de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente:
    Decreto con fuerza de ley:

    Artículo 1°.- Modifícase la Planta de Personal del Servicio de Salud Concepción - Arauco, aprobada por decreto con fuerza de Ley No. 17 de 1980, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de 01 de agosto de 1980, en la forma que a continuación se indica:
I .- Suprímense los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señala:

( Ver Tabla Diario Oficial 16.12.1987 )

II.- Créanse los cargos que a continuación se indican, en los escalafones que en cada caso se señalan:

( Ver Tabla Diario Oficial 16.12.1987 )
    Artículo 2°.- Declárase que con las supresiones y creaciones ya anotadas la dotación de personal del Servicio de Salud Concepción - Arauco, queda con el mismo número de empleos 3.880.

    Artículo 3°.- El gasto que irrogue este decreto con fuerza de ley se imputará al subtítulo "Gasto de Personal" del Presupuesto aprobado para el Servicio de Salud Concepción - Arauco.

    Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República e insértese en la recopilación oficial de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Dr. Juan Giaconi Gandolfo, Ministro de Salud.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Augusto Schuster Cortés, Subsecretario de Salud.