APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION Y EMPLEO
    Núm. 74.- Santiago, 22 de julio de 1999.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 49 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los artículos 27 al 47 de la ley Nº 18.834, y la facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de Chile.

    D e c r e t o:

    Establécese el Reglamento Especial de Calificaciones del personal perteneciente al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, cuyas normas serán de aplicación preferente respecto del Reglamento General, el cual sólo se aplicará en subsidio de este Reglamento Especial.



    Artículo 1º.- La calificación evaluará los factores y subfactores que se señalan por medio de notas que tendrán los siguientes valores, concepto y descripción:

Nota  Concepto    Descripción

10    Excelente.  Su desempeño destaca positivamente por sobre
                    los demás.
9    Muy bueno.  Su labor es un aporte significativo.
8    Bueno.      Su desempeño cumple con las responsabilidades
                  asignadas.
7    Más que
      aceptable.  Cumple mayoritariamente con las
                  responsabilidades asignadas.
6    Suficiente.  Con debilidades ocasionales que no afectan al
                  resultado final.
5    Aceptable.  Con debilidades frecuentes que no afectan
                  seriamente sus resultados.
4    Insuficiente. Con debilidades apreciables que afectan los
                  resultados finales.
3    Deficiente.  Su desempeño debe ser corregido o revisado por
                  otros para cumplir metas.
2    Malo.        Lo habitual es que su trabajo deba ser
                  completado o asumido por otro funcionario.
1    Pésimo.      Lo normal es que el cumplimiento de este
                  subfactor no esté presente.
    La nota de cada factor corresponderá al promedio aritmético de las notas asignadas a los subfactores respectivos. Estos promedios deberán expresarse en enteros con dos decimales. Las notas asignadas a los factores se multiplicarán por el coeficiente que se establece a cada uno de los factores, lo que dará el puntaje final de cada factor, y la suma de los mismos originará el puntaje final y la lista de calificación que corresponda al funcionario.
    Si al determinar el puntaje final, resultare un número cuya tercera fracción es igual o superior a 5 se subirá la segunda fracción al valor siguiente y, en caso contrario se bajará al valor precedente. (Por ejemplo el puntaje 78,455 debe registrarse como 78,46 puntos).

    Artículo 2º.- Los funcionarios serán ubicados en las listas de calificaciones de acuerdo con el siguiente puntaje:

Lista          Concepto        Puntaje final

Lista Nº 1    Distinción    De 100,00 a 80,00 puntos
Lista Nº 2    Buena          De 79,99 a 50,00 puntos
Lista Nº 3    Condicional    De 49,99 a 30,00 puntos
Lista Nº 4    Eliminación    De 29,99 a 10,00 puntos

    Artículo 3º.- Los factores y subfactores que se evaluarán serán los siguientes:

FACTOR 1: RESULTADOS. Destinado a medir el nivel en que el funcionario desarrolla las tareas que se le han asignado durante el período.
a) Subfactor cumplimiento de tareas asignadas: Mide el cumplimiento del programa de actividades que le corresponde realizar, según instrucciones, dentro de los plazos establecidos.
b) Subfactor calidad del trabajo: Mide el nivel en que el trabajo realizado refleja ausencia de errores y un adecuado dominio y aplicación de normas técnicas, metodologías y disciplinas asociadas a su cumplimiento.

FACTOR 2: COMPORTAMIENTO FUNCIONARIO. Destinado a evaluar el nivel en que el desempeño del funcionario refleja un adecuado cumplimiento de las normas y políticas institucionales.

a) Subfactor asistencia y puntualidad: Evalúa el grado de cumplimiento de la jornada de trabajo, ya sea dentro o fuera de la institución, en razón de cometidos funcionarios o visitas a terreno, cumpliendo las normas horarias establecidas por la institución.
b) Subfactor cumplimiento de normas: Evalúa el respeto y acatamiento de las normas y reglas de funcionamiento interno establecidas por la institución, además de las contempladas en el Estatuto Administrativo, así como las órdenes y cometidos impartidas por los superiores.
c) Subfactor responsabilidad por bienes a su cargo: Evalúa el adecuado cuidado de los materiales, equipos y bienes públicos de su directa responsabilidad, asignados al cargo que desempeña, como también la actitud para evitar gastos innecesarios.

FACTOR 3: CONDICIONES PERSONALES. Destinado a verificar el nivel en que las actitudes del funcionario durante su permanencia en el Servicio, contribuyen a generar un ambiente de trabajo grato y orientado hacia el logro de los desafíos institucionales.

a) Subfactor relaciones interpersonales: Evalúa la capacidad para mantener una relación de trabajo deferente, armoniosa y respetuosa con los compañeros de trabajo, de forma que se manifiesten ambientes  laborales gratos y motivados.
b) Subfactor sentido de colaboración y cooperación: Evalúa la disposición que tiene el funcionario para colaborar con los demás en la solución de problemas que pueden tener o no tener relación directa con su cargo. Actitud positiva para ayudar, considerando la integralidad de la misión institucional.

FACTOR 4: CAPACIDAD DE GESTION: Destinado a medir el nivel en que el funcionario cumple sus labores aplicando criterios de gestión que faciliten su logro en forma eficiente, contribuyendo además a un adecuado clima laboral.

a) Subfactor planificación del trabajo: Evalúa la capacidad del funcionario para programar su trabajo y anticiparse a la ocurrencia de hechos que pueden contribuir positiva o negativamente al logro de las metas del área, de forma de aprovechar o neutralizar tales eventos, según proceda.

b) Subfactor comunicación: Evalúa la forma en que el funcionario contribuye a una adecuada gestión mediante comunicaciones efectivas y oportunas que permitan anticiparse a las dificultades y buscar respuestas armónicas.

    Artículo 4º.- Los coeficientes por los que deberá multiplicarse la nota asignada a cada factor, para obtener el respectivo puntaje, conforme con lo dispuesto en el artículo 1, serán los siguientes:

                      1            2          3            4
Factores/    Resultados  Comportamiento  Condiciones  Capacidad
Cargos                    Funcionario    Personales  de Gestión

Directivos        4,00    1,00            1,50          3,50
Profesionales    4,00    1,50            2,00          2,50
Técnicos          4,00    2,00            2,00          2,00
Administrativos  4,00    2,50            2,50          1,00
Auxiliares        4,00    3,00            2,50          0,50

    Artículo 5º.- La precalificación que realiza el Jefe Directo, estará constituida por los conceptos y notas con sus respectivas fundamentaciones y antecedentes que éste deberá proporcionar por escrito, considerándose para este efecto las anotaciones efectuadas en la hoja de vida durante el respectivo período de calificación.

    Para realizar la precalificación, la dependencia encargada de Recursos Humanos deberá colocar en conocimiento del Jefe Directo, dentro de los primeros 5 días del mes de septiembre de cada año, las hojas de vida del personal bajo su competencia.
Este antecedente debe agregarse al resultado de los Informes de Desempeño Funcionario que elabora el Jefe Directo y que se aplicará dos veces en el respectivo período de calificación (septiembre a febrero y de marzo a junio, respectivamente), copia de los cuales deberá constar en los archivos de las respectivas jefaturas.
    Para la elaboración de estos Informes se deberá considerar el nivel de cumplimiento de las responsabilidades específicas asignadas al funcionario.


    Artículo 6º.- DEROGADODTO 27, TRABAJO
D.O. 10.10.2007


    Artículo 7º.- DEROGADODTO 27, TRABAJO
D.O. 10.10.2007

    Artículo transitorio.- La fecha de vigencia del Presente Reglamento Especial de Calificaciones del Personal del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, será a partir del 1 de septiembre de 1999.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Molina Valdivieso, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Raúl Troncoso Castillo, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Julio Valladares Muñoz, Subsecretario del Trabajo.