Lei número 3,957.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a cada una de las hijas del ex Ministro de la Corte Suprema de Justicia, don Cárlos Varas Herrera: doña María, doña Josefina y doña Raquel Varas Olea, y doña Elena Varas viuda de Ureta, el goce de una pension anual de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400)."
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a seis de julio de mil novecientos veintitres.- Arturo Alessandri.- Alcibíades Roldan.