Lei número 3,957.-  Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    "Artículo único.-  Concédese, por gracia, a cada una de las hijas del ex Ministro de la Corte Suprema de Justicia, don Cárlos Varas Herrera: doña María, doña Josefina y doña Raquel Varas Olea, y doña Elena Varas viuda de Ureta, el goce de una pension anual de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400)."
    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a seis de julio de mil novecientos veintitres.-  Arturo Alessandri.-  Alcibíades Roldan.