MODIFICA RESOLUCION Nº 481 QUE ESTABLECE LISTA DE
MALEZAS PROHIBIDAS PARA  LA  INTERNACION  Y  COMERCIO DE
SEMILLAS

(Resolución)

    Santiago, 20 de septiembre de 1999.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.823 exenta.- Vistos: El decreto ley Nº 3.557 de 1980 sobre Protección Agrícola, el decreto ley Nº 1.764 de 1977 sobre semillas, el decreto Nº 188 reglamentario del citado decreto ley y la resolución Nº 481 de 10 de abril de 1991, y;

    Considerando:

    1.- Que la resolución Nº 481 citada en los vistos, incluye como maleza prohibida en el comercio de semillas, la especie Hypericum perforatum L., conocida como Hierba de San Juan o alfalfa argentina.

    2.- Que dicha especie vegetal es actualmente cultivada por sus propiedades medicinales.

    R e s u e l v o:

    1.- Modifícase la resolución Nº 481 de 10.04.91 en el sentido que se elimina del artículo primero la especie Hypericum perforatum L. (Hierba de San Juan o alfalfa argentina).

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Antonio Yaksic Soulé, Director Nacional.