NOMBRA ALCALDE EN LA MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA
    Santiago, 15 de Julio de 1987.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 904.- Vistos: Lo dispuesto en el No. 2, de la letra A), de la Decimoquinta Disposición Transitoria y el artículo 32, No. 8, de la Constitución Política de la República; el artículo 10°, del Decreto Ley No. 1.289, de 1976; el DFL No. 1-18.294, de 1984; y el artículo 139, inciso 2°, del DFL No. 338, de 1960,
    Decreto:

    1.- Designase, a contar del 27 de Julio de 1987, Alcalde de la Municipalidad de Cerro Navia, grado 2°, a don René Solano Valdés.
    2.- La persona designada, deberá asumir sus funciones, en la fecha señalada, por razones impostergables de buen servicio.

    Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

División de Municipalidades Departamento Legal Cursa con alcances decreto No. 904, de 1987, del Ministerio del Interior No. 33.129.- Santiago, 17 de Diciembre de 1987. Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto indicado en el epígrafe, por el cual se nombra Alcalde de la Municipalidad de Cerro Navia, a contar del 27 de Julio de 1987, a don René Solano Valdés.
Sin embargo, cumple con dejar constancia que en virtud de lo dispuesto en los incisos 1° y 2° del artículo 169 del decreto con fuerza de ley 338 de 1960, el señor Solano Valdés ha cesado desde la fecha en que asumió el nuevo empleo, por el solo ministerio de la ley, en el cargo de Directivo del citado Municipio de Cerro Navia. Además, cabe hacer presente que en lo sucesivo, cuando se designe como Alcaldes a personas que desempeñan empleos incompatibles con aquel, deberá por una parte, citarse expresamente en los vistos del acto de nombramiento, los incisos 1° y 2° del artículo 169 del decreto con fuerza de ley 338, dé 1960, y por otra, acompañarse una aceptación formal del nuevo cargo, como así lo establece dicho precepto estatutario.
Con los alcances que anteceden, se da curso regular al documento de la suma.
Transcríbase a la Municipalidad de Cerro Navia y al Departamento de Registro e Información de la División de Municipalidades de este Organismo Fiscalizador. Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro del Interior Presente