Artículo 23: El/la Secretario(a) deberáDecreto 137, EDUCACIÓN
Art. UNICO
D.O. 15.09.2011 revisar la nómina de postulantes con el objeto de verificar la existencia de una o más de las situaciones señaladas en el artículo 21 respecto a los(as) asesores(as). De verificarse dicha existencia se procederá a reemplazar al integrante implicado(a).
Art. UNICO
D.O. 15.09.2011 revisar la nómina de postulantes con el objeto de verificar la existencia de una o más de las situaciones señaladas en el artículo 21 respecto a los(as) asesores(as). De verificarse dicha existencia se procederá a reemplazar al integrante implicado(a).
Igual procedimiento se aplicará para el caso de verificarse alguna incompatibilidad durante el proceso de evaluación. No obstante lo anterior, la carga de señalar la existencia de las indicadas incompatibilidades corresponderá siempre al asesor(a) afectado(a) por ella.