MODIFICA REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DEL DFL. (G.) Nº 1, DE 1968
Santiago, 2 de noviembre de 1973.- La Junta de Gobierno decretó hoy lo que sigue:
Núm. 813.- Visto: El reglamento complementario del DFL. (G) Nº 1, de 1968, aprobado por D/S. Nº 204, de 28 de Mayo de 1969, y
Considerando:
La conveniencia de uniformar los requisitos de ascenso del personal que integra los diferentes Escalafones del Cuadro Permanente del Ejército, y Lo propuesto por el Comando en Jefe del Ejército en el memorándum Nº 1.420/19, de 20-X-1973, que se acompaña,
Decreto:
Reemplaza, en el reglamento complementario del DFL.
(G) Nº 1, de 1968, el texto de la letra d) de los
artículos 228, 229, 235 y 236; de la letra c) de los artículos 230 y 237, y de la letra b) del artículo 231 y 238, por el siguiente:
"Estar clasificado en Lista 1 ó 2, el último año en el grado.".
Anótese, regístrese en la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.- Por la Junta de Gobierno, AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Aníbal F. Labarca Ricci, Coronel, Subsecretario de Guerra Nacional.