INSTITUYE DIA DEL FUNCIONARIO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

    Santiago, 29 de septiembre de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 6.404.- Visto: Lo solicitado por la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios de los Servicios del Ministerio del Interior y Servicios Afines y lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República.

    Considerando:

    Que el Ministerio del Interior constituye una Secretaría de Estado de larga tradición en el país con presencia nacional a través de Intendencias y Gobernaciones procurando mantener la tranquilidad y seguridad en la población.
    Que para el cumplimiento de las funciones que corresponden a este Ministerio, cabe un rol preponderante a la capacidad y entrega de su personal al logro de los objetivos institucionales.
    Que los funcionarios del Ministerio del Interior en muchos casos cumplen funciones en lugares apartados del país en condiciones climáticas adversas y cuya presencia contribuye a mantener nuestra soberanía, lo que generalmente implica un gran sacrificio personal.
    Que en reconocimiento a la importante contribución histórica y futura de los funcionarios del Ministerio del Interior para el desarrollo de los territorios administrativos del país cabría declarar un día en su homenaje,

    D e c r e t o:


    Artículo único.- Institúyese el día 20 de agosto de cada año como ''Día de los Funcionarios del Ministerio del Interior''.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Raúl Troncoso Castillo, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Guillermo Pickering de la Fuente, Subsecretario del Interior.