Artículo 4º.- Las normas que autorizan alLEY 19762
Art. 1° N° 2 a)
D.O. 13.10.2001 Ministerio Público para ejercer la acción penal pública, dirigir la investigación y proteger a las víctimas y los testigos, entrarán en vigencia con la gradualidad que se indica a continuación:
Art. 1° N° 2 a)
D.O. 13.10.2001 Ministerio Público para ejercer la acción penal pública, dirigir la investigación y proteger a las víctimas y los testigos, entrarán en vigencia con la gradualidad que se indica a continuación:
IV y IX Regiones 16 de diciembre de 2000.
II, III y VII Regiones 16 de octubre de 2001.
I, XI y XII Regiones 16 de diciembre de 2002.
V, VI, VIII y X Regiones 16 de diciembre de 2003.
Región Metropolitana 16 de junio de 2005.LEY 19919
Art. 1º
D.O. 20.12.2003
Art. 1º
D.O. 20.12.2003
Dentro de los plazos indicados, se conformarán gradualmente las fiscalías regionales, de acuerdo con los recursos que se aprueben en las respectivas Leyes de Presupuestos del Sector Público.
INCISO DEROGADLEY 19762
Art. 1° N° 2 b)
D.O. 13.10.2001O
Art. 1° N° 2 b)
D.O. 13.10.2001O