OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA
Santiago, 31 de agosto de 1999.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 458.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977;
b) La ley Nº 18.168 de 1982 y sus modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones;
c) El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966;
d) El Nº 1 del artículo 3 párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
e) La resolución exenta Nº 1.455 de 20.10.98 de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba bases del concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, en amplitud modulada, frecuencia modulada y estaciones de mínima cobertura, correspondiente al 3er. cuatrimestre de 1998.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para optar a concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 36.165 de 15.09.98.
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 27.146 de 10.12.98.
c) Lo informado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 221 de 20.04.99.
d) Lo dispuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, mediante resolución exenta Nº 600 de 26.04.99, que llamó a licitación para resolver las solicitudes de concesión que se encuentran en similares condiciones.
e) Lo obrado en el acta de apertura de 18.05.99, que resolvió la licitación, informado por la comisión, mediante memorándum Nº 307 de 18.05.99.
f) La resolución exenta Nº 858 de 10.06.99, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, a Mendizábal, Monárdez y Compañía Limitada, para la localidad de Calama, II Región.
g) Que la resolución exenta que asignó la concesión no fue reclamada
h) Que mediante ingreso Subtel Nº 28.072 de 18.08.99, la asignataria acreditó el pago de lo licitado.
i) Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, mediante memorándum Nº 524 de 26 de agosto de 1999.
D e c r e t o:
1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Calama, II Región, a Mendizábal, Monárdez y Compañía Limitada, RUT Nº 78.255.830-7, con domicilio en calle Copiapó Nº 886, Antofagasta, II Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud, presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQA-306, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de la radioemisora se indican a continuación:
Elementos de la esencia de la concesión
- Tipo de servicio : Radiodifusión sonora en
frecuencia modulada.
- Zona de servicio : Localidad de Calama.
Superficie delimitada
por una intensidad de
campo mayor o igual que
54 dB (uV/m), referida
al punto de emisión de
la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Plazo inicio de obras : 5 días.
- Plazo término de obras : 30 días.
- Plazo inicio de
transmisiones : 60 días.
- Potencia máxima radiada : 250 Watts.
- Frecuencia : 89,1 MHz.
Características técnicas del sistema radiante
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : ±75 KHz.
- Diagrama de radiación : Direccional.
- Ganancia : 9,6 dBd de ganancia
máxima, con un azimut de
radiación máxima en
165°.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Log-Periódica.
- Nº antenas : 2.
- Altura del
centro de radiación : 28 metros.
- Altura torre : 30 metros.
Ubicación de la radioemisora
- Dirección del estudio : Calle Copiapó Nº 886,
Antofagasta, II Región.
- Coordenadas geográficas : 23°37'30" Latitud Sur
70°23'30" Longitud
Oeste.
- Dirección de la planta transmisora
y sistema radiante : Cerro Montecristo,
Calama, II Región.
- Coordenadas geográficas : 22°19'44" Latitud Sur.
68°59'12" Longitud
Oeste.
4.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alfredo Alamos Cortés, Jefe División Concesiones.