PRORROGA VEDA DE LOS RECURSOS LANGOSTINO FIJADA POR DECRETO N° 421 DE 1989
Núm. 613.- Santiago, 4 de Diciembre de 1991.- Visto: Lo informado por la Subsecretaría de Pesca; lo dispuesto en el Artículo 32 de la Constitución Política de la República; el DFL N° 5 de 1983; la Ley 18.892 y sus modificaciones contenidas en las leyes N° 19.079 y 19.080; la Ley N° 10.336; los D.S. N° 421, de 1983 y N° 442, de 1990, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando:
Que es un deber del Estado velar por la protección, conservación y aprovechamiento integral de los recursos hidrobiológicos que existen en el medio acuático de la Nación.
Que la medida de administración pesquera contenida en el DS. N° 442, de 1990, expira el próximo 31 de Diciembre de 1991 y los antecedentes técnicos determinan que es necesario resguardar la conservación de los recursos langostino amarillo y langostino colorado, (Servimunida johni y Pleuroncodes monodon.)
Que no obstante lo anterior, si durante la vigencia de la presente prórroga, se determina que la abundancia de los recursos aludidos permite su explotación racional, garantizando su conservación, se podrá suspender temporalmente esta medida a fin de facultar su extracción controlada.
Decreto:
Artículo 1°.- Prorrógase la vigencia del DS N° 421 de 1989, prorrogado por el DS N° 442, de 1990, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción desde el 31 de Diciembre de 1991 y hasta el 31 de Diciembre de 1992.
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 4° del DS. N° 421, de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción de la siguiente manera: Reemplácese la expresión "el DFL N° 5, de 1983" por la siguiente: "La Ley 18.892 y sus modificaciones, contenidas en las leyes N° 19.079 y 19.080.".
Artículo 3°.- El presente decreto tendrá trámite extraordinario de urgencia, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 7° de Artículo 10° de la Ley 10.336, con el objeto que la medida dispuesta no pierda su oportunidad.
Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Mashall Rivera, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Andrés Couve Rioseco, Subsecretario de Pesca.