Lei número 3,544.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Se declara de utilidad pública una faja de terreno de dieciseis mil quinientos sesenta y seis metros cuadrados de superficie para la apertura de un camino entre el pueblo de Coibungo y la estacion de Villa Alegre, en la provincia de Lináres.
La espropiacion se hará en conformidad al plano confeccionado por la Direccion de Obras Públicas y con arreglo a las disposiciones de la lei de 18 de junio de 1857.
El valor de los terrenos espropiados se deducirá de los fondos consultados en la lei de Presupuestos del Ministerio de Industria y Obras Públicas para caminos de acceso a las estaciones de los Ferrocarriles del Estado.
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintinueve de agosto de mil novecientos diecinueve.- Juan Luis Sanfuentes.- Malaquías Concha.