Artículo 14° El salario medio de pensiones es el término medio de los salarios bases mensuales que sirvieron para determinar las pensiones de invalidez, de vejez y de viudedad, originadas por asegurados activos, concedidas en el año calendario anterior.
El salario medio de pensiones se determinará dividiendo la suma que representen los salarios bases mensuales indicados en el inciso anterior por el número de personas que obtuvieron esos beneficios. Este valor, ajustado a la decena de pesos más cercana, regirá durante todo el año calendario siguiente.