Artículo 78° Para reclamar la asignación por hijos el asegurado deberá acompañar los siguientes documentos: certificado de matrimonio de los padres y de nacimiento del hijo, en el caso del hijo legítimo; el respectivo documento de reconocimiento o de adopción, en los casos de los hijos naturales o adoptivos. Cuando se trate de hijos inválidos, deberá acompañar, además, el respectivo certificado del Servicio Nacional de Salud.