Artículo 89° Para reclamar su pensión de vejez el asegurado deberá presentar una solicitud al Servicio de Seguro Social y acompañar los siguientes antecedentes o documentos:
    a) Libreta de seguro;
    b) Certificado de salario, cuando el Servicio lo estime necesario;
    c) Certificado de nacimiento u otro documento que acredite la edad satisfactoriamente, a juicio del Servicio;
    d) Carnet de identidad, y
    e) Una declaración escrita del asegurado para explicar la falta de imposiciones, cuando corresponda.