INSTITUYE "DIA DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACION" Núm. 615.- Santiago, 7 de Septiembre de 1993.- Considerando:
Que, el proceso educativo requiere de la participación de personas que trabajan en la educación en distintas áreas, como lo son por ejemplo: los administrativos, los inspectores, los profesionales no docentes;
Que, estos trabajadores hacen posible que este proceso se realice en la forma posible, ya que facilitan de una otra manera la acción de los profesores;
Que, se ha instituido el "Día del Profesor", por lo que aparece como justo y necesario instituir el día de estos otros trabajadores que, ya sea en los establecimientos educacionales o en los estamentos técnicos-administrativos de la educación, como los Departamentos de Administración de la Educación o el propio Ministerio de Educación, son partícipes y han hecho de la enseñanza un motivo importante de sus vidas; y
Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 18.956 y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único: Institúyese el día 1° de Octubre como "Día de los Trabajadores de la Educación". Las celebraciones pertinentes, podrán realizarseDS 673,Educ.
1995, Art.
único en otra fecha por razones de servicio fundadas, calificadas por el Subsecretario de Educación, respecto del nivel central y por los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación respecto del nivel regional.
1995, Art.
único en otra fecha por razones de servicio fundadas, calificadas por el Subsecretario de Educación, respecto del nivel central y por los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación respecto del nivel regional.
Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la recopilación oficial de la Contraloría General de la República.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Usted.- Julio Valladares Muñoz, Subsecretario de Educación.