INSTITUYE "DIA DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACION" Núm. 615.- Santiago, 7 de Septiembre de 1993.- Considerando:
    Que, el proceso educativo requiere de la participación de personas que trabajan en la educación en distintas áreas, como lo son por ejemplo: los administrativos, los inspectores, los profesionales no docentes;
    Que, estos trabajadores hacen posible que este proceso se realice en la forma posible, ya que facilitan de una otra manera la acción de los profesores;
    Que, se ha instituido el "Día del Profesor", por lo que aparece como justo y necesario instituir el día de estos otros trabajadores que, ya sea en los establecimientos educacionales o en los estamentos técnicos-administrativos de la educación, como los Departamentos de Administración de la Educación o el propio Ministerio de Educación, son partícipes y han hecho de la enseñanza un motivo importante de sus vidas; y
    Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 18.956 y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único: Institúyese el día 1° de Octubre como "Día de los Trabajadores de la Educación".
    Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la recopilación oficial de la Contraloría General de la República.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Usted.- Julio Valladares Muñoz, Subsecretario de Educación.