FIJA VALORES A DOCUMENTOS QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 03 de Septiembre de 1987.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:
Núm. 520.- Vistos: El Decreto Ley No. 2.136 de 1978 Ios Decretos Supremos (Av.) N°s 832 de 1974; 1.336 de 1978 y 726 de 1979, y
Considerando: La autorización concedida en el número 2), del Decreto Supremo (Av.) No. 1.336 de 29.11.78, y el porcentaje de reajuste de remuneraciones del Sector Público fijado por la Ley No. 18.647 de 1987,
Resuelvo:
1.- Fíjanse los siguientes valores, por cada carilla o página de los documentos que debe proporcionar el Archivo General de Aviación, a particulares, conforme a lo establecido en el número 2), del Decreto Supremo (Av.) No. 1.336 de 1978:
Clase de documento Foto- Micro- Dactilo-
copia filmada grafiada
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- Certificado de Servicios 19 24 27
a) Con Valer Militar 19 24 27
b) Con Nota de Conducta 19 24 27
c) Con Causal de Licenciamiento 19 24 27
- Copias de Resoluciones 19 24 27
- Copias de Decretos 19 24 27
- Cualquier otro Certificado 19 24 27
2.- La presente Resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de la Fuerza Aérea de Chile.- Rodolfo Ugarte Ugarte, Coronel de Aviación (A), Subsecretario de Aviación.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Fernando Cancino Cabrera, Jefe del Departamento II Subrogante.