DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA DE CHILE LAS NORMAS TECNICAS QUE INDICA
Santiago, 07 de Noviembre de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 212.- Visto: El oficio ordinario Nº 548, de 28 de Octubre de 1986, del Jefe de la División de Política Habitacional; las proposiciones del Instituto Nacional de Normalización, contenidas en sus oficios N°s 7.580-400 y 7.581-400, ambos de fecha 23 de Mayo de 1986; el oficio ordinario Nº 5.536, de 22 de Octubre de 1986, del Sr. Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción; el artículo 13 letra c) del DL Nº 1.305, de 1976, y los incisos quinto y sexto del artículo 3° del DS Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones,
Decreto:
Artículo 1°.- Decláranse Normas Oficiales de la República de Chile las normas técnicas que a continuación se indican:
- NCh 1537 Of. 86 Diseño estructural de edificios - Cargas permanentes y sobrecargas de uso.
- NCh 1089 Of. 86 Maderas - Agrupamiento de especies madereras según su resistencia.
- Procedimiento.
Artículo 2°.- Corresponderá al Instituto Nacional de Normalización publicar una minuta del presente decreto supremo en el Diario Oficial y el texto íntegro de estas normas en documentos oficiales del mencionado Instituto.
Artículo 3°.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de cada una de estas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio que las declara normas oficiales de la República.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.