MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Núm. 1.- Lonquimay, 02 de Enero de 1987.
- Lo dispuesto en el artículo 43° del DL No. 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales.
- Diario Oficial No. 32.374 de fecha 17 de Enero de 1986, que publica Ordenanza Local No. 5 del 02.01.86.
- Diario Oficial No. 32.578 del 23.09.86, que publica Decreto Municipal No. 79, sobre reajustes de Derechos Municipales.
Considerando: La necesidad de efectuar algunos ajustes y actualizaciones en los derechos por concesiones, permisos y servicios que entrega la Municipalidad,
Decreto:
1.- Modifícase la Ordenanza Local de la Ilustre Municipalidad de Lonquimay, vigente a la fecha, en la forma que a continuación se indica:
TITULO IV
Derechos Municipales por Ejercicio de Actividades Lucrativas, Artículo 7°
No. 6.- Permisos a comerciantes por mí.
(especialmente para Fiestas Patrias y festividades
religiosas) 5% UTM
TITULO V
Derechos de Matadero
Artículo 8°.- Los valores por derechos de matanza, incluyendo el traslado, serán los siguiente:
1.- Vacunos $ 1.485,00
2.- Caballares 1.085,00
3.- Lanares $ 263,00
4.- Cerdos vareros 371,00
5.- Cerdos cecineros 743,00
TITULO VI
Derechos de Guías de Libre Tránsito para Animales y Otros
Artículo 9°.- Los valores por los derechos que se indican, serán los siguientes:
1.- Guías de libre tránsito $ 10,00
2.- Por cada vacuno, caballar o cerdo 25,00
3.- Por cada lanar y otro 14,00
4.- Inscripción marca de animales 10% UTM
TITULO IX
Derechos Municipales de Urbanización
Artículo 13°.- Los derechos municipales a cancelar por permisos de subdivisión, loteos, construcción, etc., se regularán conforme a la siguiente tabla:
1.- Subdivisiones 1% del avalúo fiscal
del terreno.
2.- Loteo 1,5% del avalúo fiscal
del terreno.
3.- Obra nueva y ampliación Exento
4.- Alteraciones, reparaciones
obras nuevas y provisorias Exento
5.- Planos tipos autorizados
por el MINVU 1,0% del presupuesto
6.- Reconstrucción Exento
7.- Modificaciones del proyecto 0,75% del presupuesto
8.- Demoliciones Exento
9.- Aprobaciones de planos para
venta por pisos 2 cuotas de ahorro
para la vivienda, por
unidad a vender.
10.- Certificado numeración de
casas Exento
11.- Certificado línea, recepción,
venta por pisos, etc 1 cuota de
ahorro para la vivienda
Todos los derechos que no aparecen indicados precedentemente, serán considerados de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcción, contenidas en el Decreto Supremo No. 458 del Minvu, publicada en el Diario Oficial del 13.04.78.
Infórmese al Sr. Intendente de la IX Región, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a todas las reparticiones municipales. Hecho, archívese.- Edmundo Fahrenkrog Butendieck, Alcalde.- Mario Alfredo Adriasola Caulier, Secretario.