Artículo 11.- Concédese al personal de la planta de Directivos del Consejo de Defensa del Estado que se señala, una asignación mensual de alta dirección, imponible para efectos de salud y pensiones, equivalente a los siguientes porcentajes calculados sobre las remuneraciones consideradas para el cálculo de la asignación que otorga el artículo anterior:
CARGOS GRADOS PORCENTAJE
Presidente del Consejo 1B 30
Abogado Consejero 1C 15
Directivos 2º 10
Directivos 3º 5