Artículo 6º.- Durante el año 1999, los funcionarios de los cargos que se señalan percibirán la asignación de defensa judicial estatal a que se refiere el artículo 10 en los porcentajes que se indican:
PLANTA/CARGOS GRADOS PORCENTAJE
Presidente del Consejo 1ºB 75
Abogado Consejero 1ºC 72,5
Directivos 2º, 3º y 4º 65
Del mismo modo, en dicho período, la asignación de alta dirección establecida en el artículo 11, se pagará rebajada en el 50% de los montos que corresponda percibir al respectivo funcionario.