OTORGA A EMPRESA ELECTRICA PEHUENCHE S.A., CONCESION DEFINITIVA PARA ESTABLECER LA CENTRAL HIDROELECTRICA CURILLINQUE
    Núm. 639.- Santiago, 29 de Octubre de 1993.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del D.F.L. N°1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley N°18.410.
    Decreto:

    Artículo 1°.- Otórgase a la Empresa Eléctrica Pehuenche S.A., concesión definitiva para establecer, en la Región del Maule, Provincia de Talca, Comuna de San Clemente, una Central Hidroeléctrica productora de energía eléctrica denominada Curillinque, de una potencia instalada de 85 MW, destinada a generar energía eléctrica que será transportada para su consumo a través del Sistema Interconectado Central (SIC).

    Artículo 2°.- El presupuesto del costo de las obras ascenderá a US$ 95.603.000.

    Artículo 3°.- Apruébanse los planos de servidumbres de estas instalaciones, contenidos en los planos N°s. A66-2d1-1, A66-2d1-2, A66-2d1-3, A66-2d1-4, A66-2d1-5 A66-2d1-6, A66-2d1-7, A66-2d1-8, A66-2d1-9, A66-2d1-10, A66-2d1-11 y A66-2d1-12.

    Artículo 4°.- Copias de los planos de servidumbres, del plano general de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

    Artículo 5°.- Constitúyanse, de acuerdo con lo que sobre el particular establece el D.F.L. N°1, de 1982, del Ministerio de Minería, las servidumbres de ocupación en los predios de propiedad particular que se indican a continuación:
Propietario              Predio      Superficie (Há.)
Juan Verdugo Morales    La Escuadra        106,88
Oscar Bonilla Menchaca  Las Garzas          49,90
Endesa                  Endesa              1,70

    Artículo 6°.- Los derechos de aprovechamiento de aguas que posee la Empresa Eléctrica Pehuenche S.A. ascienden a un caudal de 84 m3 por segundo y fueron adquiridos por Endesa por Resolución D. G.A. N°409, de fecha 28.10.88 y traspasados a Pehuenche S.A. según consta en escritura pública de fecha 26.09.90 de la Notaría de don Raúl Undurraga Laso.

    Artículo 7°.- Los planos de las obras hidráulicas fueron autorizados por Resolución Exenta D.G.A. N°2090, de fecha 29.10.92, de la Dirección General de Aguas.
    Artículo 8°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el D.F.L. N°1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

    Artículo 9°.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.

    Artículo 10°.- El plazo para la iniciación de las obras es de un mes, a partir de la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, y el plazo para su terminación será de cuatro años, a contar de la fecha de iniciación de los trabajos.
    Los plazos para la terminación por etapas de la construcción serás los siguientes:
  - Contrato CU-1 Suministro Eléctrico para Faenas:
    12 meses a contar de la fecha de iniciación de los trabajos - Contrato CU-21 Bocatoma y Canal de Aducción: - 37 meses a contar del décimo primer mes de iniciados los trabajos.
  - Contrato CU-22 Túnel, Zona de Caída y Patio: 34 meses a contar del décimo primer mes de iniciados los trabajos.
  - Contrato CU-51 Sum. y Mont. Equipos de la Central:
    37 meses a contar del décimo mes de iniciados los trabajos.
  - Contrato CU-53 Sum. Equip. Hidromec. y de Izamiento: 20 meses a contar del décimo octavo mes de iniciados los trabajos.
  - Contrato CU-61 Sum. Equipos Telecomunicaciones:
    21 meses a contar del vigésimo mes de iniciados los trabajos.

    Artículo 11°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de treinta días contados desde su publicación en el Diario Oficial, en una Notaría Pública del Departamento de Santiago.
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Marshall Rivera, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Raúl Pellicer Navarro, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).