APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CODIGO TRIBUTARIO Santiago, 25 de Abril de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 645.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República, en el artículo 2° de la Ley N° 8.828, de 1947, y en el Decreto Supremo N° 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia; y la facultad conferida en el N° 49 del artículo primero del Decreto N° 1.407, de 1991, del Miisterio del Interior.
    Decreto:

    Artículo 1°.- Apruébase como edición oficial del Código Trbutario el texto actualizado a esta fecha por la Editorial Jurídica de Chile.

    Artículo 2°.- Un ejemplar de dicho texto, autorizado por las firmas del Presidente de la República, y del Ministro de Justicia, se depositará en dicha Secretaría de Estado, en cada una de las ramas del Congreso Nacional y en la Contraloría General de la República, respectivamente.
    Este texto se tendrá por el auténtico del Código Tributario y a él deberán conformarse las demás ediciones y publicaciones que del expresado Código se hagan.

    Artículo 3°.- La Editorial Jurídica de Chile procederá a dar cumplimiento a la obligación que le impone el artículo 4° del Decreto Supremo N° 4.862, de 1959, con respecto a todas las ediciones del Código que en virtud de dicho reglamento y del presente Decreto tengan carácter de oficial.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, María Soledad Alvear Valenzuela, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Eduardo Jara Miranda, Subsecretario de Justicia.