Por decreto MOP Nº 3.101, de 20 de octubre de 1999, y en base a la facultad otorgada por los artículos 14 letra e) y 105 del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto actualizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 9-1, para la obra: ''Concesión Internacional Ruta 5; Tramo Collipulli - Temuco''. Km. 587,21500 a Km. 588,47000, Novena Región, que figura a nombre de Araneda Chávez Jorge, rol de avalúo 105-3, comuna de Ercilla, superficie 366 m2. La Comisión de Peritos, integrada por los señores Luis Javier Donoso Moreno, Patricio Fernando Casagrande Ulloa y Hugo Wilibaldo Repetto Vera, fijó con fecha 09 de julio de 1999, el valor provisional de la indemnización en la cantidad de $9.615.600. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto ley Nº 2.186, de 1978.
Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.