NOMBRA ALCALDE EN LA MUNICIPALIDAD DE OLMUE

    Santiago, 28 de Julio de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 853.- Vistos: Lo dispuesto en el Nº 2, de la letra A), de la Decimoquinta Disposición Transitoria y el artículo 32, Nº 8, de la Constitución Política de la República; el artículo 10º, del Decreto Ley Nº 1.289, de 1976; el DFL Nº 336, de 1981, de Hacienda; y el artículo 139, inciso 2º, del DFL Nº 338, de 1960,

    Decreto:

    1. Nómbrase, a contar del 28 de Julio de 1986, Alcalde de la Municipalidad de Olmué, grado 7º, a don Jorge Thompson Garrote.
    2. La persona designada, deberá asumir sus funciones, en la fecha señalada, por razones impostergables de buen servicio.

    Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.
Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Cursa con alcance decreto Nº 853, de 1986, del Ministerio del Interior

    Nº 30.562.- Santiago, 10 de diciembre de 1986.
    Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto del rubro, mediante el cual se nombra a don Jorge Thompson Garrote en el cargo de Alcalde de la Municipalidad de Olmué, por encontrarse en general ajustado a las normas que le sirven de fundamento.
    No obstante, cumple con hacer presente que atendida la calidad de jubilado del señor Thompson y de acuerdo con el artículo 172 del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, la pensión que se le otorgara por resolución Nº 487, de 1985, de la Dirección General de Carabineros, resulta incompatible con las remuneraciones totales que corresponda por su desempeño en la referida Municipalidad, debiendo optar por uno de esos estipendios.
    En efecto corresponde precisar que las pensiones de retiro voluntario después de cumplidos 30 años de servicios efectivos, previstas en el artículo 110, letra c) del decreto con fuerza de ley 2, de 1968, de Interior, no tienen carácter indemnizatorio, de modo que se encuentran afectas a las normas sobre incompatibilidad contenidas en el citado artículo 172.
    Saluda atentamente a Ud.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.

Al señor Ministro del Interior Presente.