DECLARA MONUMENTO HISTORICO LOS EDIFICIOS QUE CONFORMAN EL BARRIO CIVICO DE LA OFICINA SALITRERA MARIA ELENA, UBICADA EN LA COMUNA DE MARIA ELENA, PROVINCIA DE TOCOPILLA, II REGION DE ANTOFAGASTA
Núm. 400 exento.- Santiago, 22 de noviembre de 1999.- Considerando:
Que, el Campamento Salitrero María Elena fue fundado en 1922, año en que la industria salitrera inicia sus funciones, su Barrio Cívico fue conformándose de acuerdo al patrón tradicional inglés, en que en el centro de la localidad convergen todas las actividades de la vida diaria del pampino, siendo el centro comercial, religioso, sindical y escolar;
Que, la Plaza de Armas es el centro del Campamento, dividido en ocho jardines, con igual número de pasillos que permiten el acceso desde cualquier punto; al frente se levanta la Iglesia San Rafael Arcángel, a su lado el actual local de un parvulario, que originalmente fueran los Baños Públicos; por el frente el imponente edificio de la ex Pulpería y el Mercado, construido en los albores de 1940. En el otro extremo de la Plaza de Armas se localiza el edificio del Teatro, inaugurado el 7 de febrero de 1948 y el edificio de la Sede Sindical, construido en 1945.
En frente a la Plaza de Armas y con su construcción original se encuentra la ex Escuela Consolidada, construida en 1960.
Que, el Barrio Cívico de la Oficina María Elena constituye el único testimonio existente de la vida de un campamento salitrero, con setenta y cuatro años de historia; y,
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo de Interior Nº 654 de 1994; acuerdo de sesión de 4 de septiembre de 1996 del Consejo de Monumentos Nacionales; Ords. Nºs. 2.228 y 2.337 de Vicepresidenta Ejecutiva del Consejo de Monumentos Nacionales, de 27 de septiembre y 9 de octubre, ambos de 1996, respectivamente; Ords. Nºs. 1.205 y 5.445 de Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales, de 14 de abril de 1997 y 4 de noviembre de 1999, respectivamente; documento de don Manuel Rojas Molina, Alcalde de la Municipalidad de María Elena, de 23 de agosto de 1996; documentos de don Santiago A. Lambert Escobar, Alcalde de la Municipalidad de María Elena, de 25 de agosto y 7 de septiembre, ambos de 1999; Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único: Declárase Monumento Histórico los edificios de la Oficina Salitrera María Elena, que se indican a continuación, ubicados en la comuna de María Elena, provincia de Tocopilla, II Región de Antofagasta:
- Ex Escuela Consolidada.
- Ex Pulpería.
- Mercado.
- Teatro Metro.
- Iglesia San Rafael Arcángel.
- Sindicato Nº 3.
- Ex Baños Públicos.
- Banco del Estado.
- Asociación Social y Deportiva.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, José Pablo Arellano Marín, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Pérez de Arce Araya, Subsecretario de Educación.