Artículo 55. Las tablas empleadas en la construcción de planchadas se apoyarán sobre soportes y serán colocadas de tal manera que no puedan deslizarse ni moverse. Se ligarán todas por medio de un travesaño para evitar su separación y no podrán dejarse espacios vacíos entre ellas, que ofrezcan peligro alguno a los obreros.