Artículo 81. Las máquinas auxiliares, las obras de acceso, las escalas, los elevadores, frenos, conductores y cámaras de aire, cadenas, baldes y demás aparatos, deberán mantenerse en perfecto estado de conservación, inspeccionarse y probarse diariamente por los técnicos de la empresa, quienes le pasarán el respectivo parte, con las deficiencias que hubieren notado en la inspección.