"Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para expropiar mil trescientas cincuenta y siete hectáreas de terrenos ubicados en el lugar denominado Truf-Truf, del departamento de Temuco, bajo los deslindes que se indican a continuación.
Al efecto, se las declara de utilidad pública y servirán para transformar en Escuela-Fundo la Escuela Práctica de Agricultura de la ciudad del mismo nombre: por el Norte, límite Norte de las reducciones de Juan Mancheque, (número 582), Juan Catrilaf (número 538), y Juan Pravil e Ignacio Mariano (número 583); por el Sur, el estero de Truf-Truf; por el Oriente, con el límite Este de la reducción de Pravil y Mariano, ya citados, de Juan Painemil (número 604), Hilario Parra (número 587) y estero Pitrahue, hasta su unión con el Truf-Truf; y por el Poniente, el río Cautín.