FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
D.F.L. Nº 175.- Santiago, 1º de Octubre de 1981.- Vistos: Lo dispuesto en el Nº 3 del artículo 32º de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27º del D.L. Nº 3551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de San Pedro de Atacama, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1º- A contar del 1º de Enero de 1981 la Planta de Personal de la Municipalidad de San Pedro de Atacama será la siguiente:
Escalafón Cargo Grado Nº Cargos
Alcaldes Alcalde 8º 1
Directivos Secretario
Municipal 10º 1
Profesionales Profesional I 11º 1
Profesional II 12º 1
Administrativos Administrativos I 16º 1
Auxiliares Auxiliar I 17º 1
Auxiliar II 18º 1
7
Artículo 2º- La dotación máxima de personal para la Municipalidad de San Pedro de Atacama será de 7 cargos.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Ministro de Hacienda subrogante.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.