Ley número 4,516
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Abónase, por gracia, y para el solo, efecto de su jubilación, al profesor del Instituto Comercial de Concepción, don Gregorio A. Medel, el tiempo comprendido entre el 1.o de Abril de 1902 y el 11 de Mayo de 1903, durante el cual sirvió en la Escuela Olea de la Sociedad de Instrucción Primaria de Santiago.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, treinta y uno de Diciembre de mil novecientos veintiocho.- Carlos Ibáñez C.- Pablo Ramírez.