Artículo único.- Abónase, por gracia, y para el solo, efecto de su jubilación, al profesor del Instituto Comercial de Concepción, don Gregorio A. Medel, el tiempo comprendido entre el 1.o de Abril de 1902 y el 11 de Mayo de 1903, durante el cual sirvió en la Escuela Olea de la Sociedad de Instrucción Primaria de Santiago.