Ley núm. 4,588
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- En atención a los eminentes y no interrumpidos servicios prestados al país por el benemérito General y Presidente de la República de Chile don Manuel Bulnes, se autoriza al Presidente de la República para que, con cargo a las economías que produzca la conversión de la deuda interna, autorizada por la ley número 4,386, pueda invertir hasta la suma de trescientos mil pesos ($ 300,000) en hacer levantar, en la Alameda de las Delicias de Santiago, una estatua ecuestre de bronce, en honor de dicho ciudadano.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; promúlguese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, once de Febrero de mil novecientos veintinueve.- Carlos Ibáñez C.- Guillermo Edwards Matte.