"Artículo único.- En atención a que el ex-subinspector de la policía de Punta Arenas, don Julio Iluffi Vega, quedó absolutamente sordo a consecuencia de actos del servicio, concédese, por gracia, y por el plazo de diez años, una pensión mensual de trescientos pesos, de la que disfrutará a contar desde el día 1.o de Enero de 1928."