MODIFICA DECRETO (AV.) Nº 499, DE 1994, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE ALMACENES DE VENTA LIBRE DEL AEROPUERTO ARTURO MERINO BENITEZ
Núm. 1.011.- Santiago, 18 de noviembre de 1999.- Vistos: La facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 5º de la ley Nº 19.288; el decreto supremo (Av.) Nº 499, de 31.ago.1994; el decreto supremo Nº 1.168, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas; y
Considerando: Lo propuesto por el Servicio Nacional de Aduanas en oficio Nº 9.450, de 23.sep.1999; y lo solicitado por la Dirección General de Aeronáutica Civil en oficio ordinario Nº 05/0/1805/4996, de 21.oct.1999.
D e c r e t o:
Modifícase el decreto supremo (Av.) Nº 499, de 31.ago.1994, que aprobó el Reglamento de Almacenes de Venta Libre o Duty Free Shop, en los siguientes términos:
Agrégase al artículo 6º el siguiente inciso segundo:
''La modificación de los espacios ya concesionados, que afecte su ubicación dentro del Aeropuerto y la extensión de la superficie de los recintos destinados a los Almacenes de Venta Libre, será autorizada por resolución emitida conjuntamente por la Dirección General de Aeronáutica Civil y la Dirección Nacional de Aduanas. Dicha modificación no podrá disminuir las superficies concesionadas de conformidad a las bases de la propuesta''.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro de Defensa Nacional.- Manuel Marfán Lewis, Ministro de Hacienda Subrogante.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Angel Flisfisch Fernández, Subsecretario de Aviación.