AUTORIZA ENRIQUECIMIENTO DE PRODUCTO ALIMENTICIO
    Núm. 1.862 exenta.- Santiago, 19 de noviembre de 1999.- Visto: lo dispuesto en los artículos 106, letra g) y 120, ambos del decreto supremo Nº 977 de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
    Considerando: lo solicitado por la empresa Parmalat Chile S.A., en su presentación de fecha 16 de julio de 1999, y
    Teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos 4º y 6º, del decreto ley Nº 2.763 de 1979, dicto la siguiente:

    R e s o l u c i ó n:


    1º.- Autorízase el enriquecimiento del producto alimenticio ''Leche Parmalat 1 a 3 años'', elaborada por la empresa Parmalat Chile S.A., fortificada en la forma que a continuación se indica, por cada porción de 200 ml:


Vitamina D    1,48 mcg
Vitamina E    1,88 mg
Vitamina C    5,8  mg
Vitamina B-1  0,08 mg
PP            1,05 mg
Acido Fólico  39,4 mcg

    Anótese y publíquese.- Alex Figueroa Muñoz, Ministro de Salud.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Alvaro Erazo Latorre, Subsecretario de Salud.