AUTORIZA ENRIQUECIMIENTO DE PRODUCTO ALIMENTICIO
Núm. 1.862 exenta.- Santiago, 19 de noviembre de 1999.- Visto: lo dispuesto en los artículos 106, letra g) y 120, ambos del decreto supremo Nº 977 de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
Considerando: lo solicitado por la empresa Parmalat Chile S.A., en su presentación de fecha 16 de julio de 1999, y
Teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos 4º y 6º, del decreto ley Nº 2.763 de 1979, dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
1º.- Autorízase el enriquecimiento del producto alimenticio ''Leche Parmalat 1 a 3 años'', elaborada por la empresa Parmalat Chile S.A., fortificada en la forma que a continuación se indica, por cada porción de 200 ml:
Vitamina D 1,48 mcg
Vitamina E 1,88 mg
Vitamina C 5,8 mg
Vitamina B-1 0,08 mg
PP 1,05 mg
Acido Fólico 39,4 mcg
Anótese y publíquese.- Alex Figueroa Muñoz, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Alvaro Erazo Latorre, Subsecretario de Salud.