Artículo 43.- Toda infracción de las disposicionesLey 21711
Art. único N° 20
D.O. 04.11.2024 de esta ley, sus reglamentos y normas técnicas será sancionada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de conformidad a lo establecido en la ley Nº 18.410, especialmente en su Título IV, relativo a sanciones, en lo que fuere pertinente.
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