MODIFICA RESOLUCION Nº 7, DE 1997

(Resolución)

    Núm. 188.- Santiago.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 10º de la ley Nº 17.286; lo señalado en los artículos 1, 2, 3, 6 y 7 letras d), f), ñ), o) y r) de la ley Nº 18.755; lo indicado en la resolución Nº 7 de fecha 17 de enero de 1997, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones; lo señalado en el decreto supremo Nº 165, de 28 de mayo de 1998, del Ministerio de Agricultura y la resolución Nº 36 de 23 de enero de 1995, de este Servicio; lo establecido en la resolución Nº 55, de 24 de enero de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por resolución Nº 520, de 15 de noviembre de 1996, ambas de la Contraloría General de la República, y las facultades que invisto como Director Nacional Subrogante de la Institución.
    Considerando: La necesidad de adecuar el sistema de pago a quienes efectúan horas extraordinarias habilitadas para cumplir tareas de inspección en el territorio nacional.

    R e s u e l v o:

    1.- Modifícase la resolución Nº 7, de 17 de enero de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero en los siguientes términos:


1.  a) Reemplázase la letra b) del Nº 5 de la parte resolutiva, por la siguiente:
    ''b) Los valores fijados para la asignación por Horas Extraordinarias realizadas por los participantes, mencionados anteriormente, en actividades fuera del horario normal en el Servicio Agrícola y Ganadero, serán  los siguientes:

Categorías                            C.J.    N.F.
a.1 Profesionales y Supervisores    $3.950    $4.680
a.2 Técnicos                        $2.819    $3.400
a.3 Administrativos y Auxiliares    $2.320    $2.760

2.-  La presente resolución regirá a contar del día 1º del mes siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Orlando Morales Valencia, Director Nacional Subrogante.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Pablo Willson Avaria, Ministro de Fe.