PROMULGA MODIFICACION DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE PUNTA ARENAS, ''COEFICIENTES DE CONSTRUCTIBILIDAD''
(Resolución)
Núm. 32.- Punta Arenas, 6 de diciembre de 1999.- Vistos:
1. El decreto Nº733, de 28 de abril de 1997, de la Srta. Alcaldesa de la I. Municipalidad de Punta Arenas, que dispone la exposición pública del Proyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Punta Arenas, ''Coeficientes de Constructibilidad'';
2. La resolución exenta Nº23, de 12 de enero de 1999, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena, que aprueba ambientalmente el proyecto ''Modificación del Plan Regulador de Punta Arenas: Cambios Coeficientes de Constructibilidad'';
3. El oficio ordinario Nº497, de 31 de agosto de 1999, del Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo XII Región, que remite, para su aprobación por este Gobierno Regional, el referido Plan Regulador y su Ordenanza;
4. El informe técnico del Sr. Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano de dicha Secretaría Regional Ministerial; la modificación y su correspondiente Ordenanza; el acuerdo Nº649, de 22 de junio de 1999, del Concejo Municipal de Punta Arenas, que la aprueba y la constancia de su exposición pública mediante avisos en el diario La Prensa Austral de Punta Arenas;
5. El acuerdo adoptado por el Consejo Regional de Magallanes y Antártica Chilena, en su 39ª sesión ordinaria, celebrada el 4 de noviembre de 1999, mediante el cual se aprueba la citada modificación;
6. Lo dispuesto en la resolución Nº55, de 24.01.92, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante resolución Nº520, de 15.11.96, del mismo organismo;
7. Lo establecido en los artículos 42 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y 2.1.6 y siguientes de su Ordenanza General;
8. Lo prevenido en los artículos 20, letra f) y 24, letra o), de la Ley Nº19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional,
R e s u e l v o:
1. Promúlgase la Modificación del Plan Regulador Comunal de Punta Arenas, ''Coeficientes de Constructibilidad'' y su correspondiente Ordenanza cuyo tenor es el siguiente:
Artículo I.
Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Punta Arenas, aprobado por decreto Nº34 del 26 de febrero de 1988 (D.O. 18.04.1988), modificada y actualizada por resolución Nº10 del 15 de diciembre de 1992 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo XII Región (D.O. 12.02.1993), en el sentido de fijar nuevos coeficientes de constructibilidad para las zonas que a continuación se indican (graficadas en el plano PR-PA-0392, aprobado por resolución Nº10 del 15 de diciembre de 1992).
Artículo II.
Los coeficientes de constructibilidad son los siguientes de acuerdo a lo que se especifica:
1.- ZONA C2
a) Coeficiente de constructibilidad máximo : 0,03
2.- ZONA D1
a) Coeficiente de constructibilidad máximo : 0,05
3.- ZONA F
c) Coeficiente de constructibilidad máximo : 0,6
Para el sector comprendido entre las calles Enrique Abello; avenida Presidente Bulnes; Kuzma Slavic y avenida España:
Coeficiente de constructibilidad máximo : 2
4.- ZONA F2
a) Coeficiente de constructibilidad máximo : 0,03
Para el Sector comprendido entre las calles avenida Presidente Bulnes; Nueva Nor Oriente; Comodoro Arturo Merino Benítez y límite oriente Zona F2:
Coeficiente de constructibilidad máximo : 0,5
5.- ZONA G2
c) Coeficiente de constructibilidad máximo : 1
2. Declárase, que en todo lo no modificado, se mantiene vigente la Ordenanza Local individualizada en el artículo I de la Ordenanza modificatoria;
3. La I. Municipalidad de Punta Arenas deberá publicar en el Diario Oficial el texto íntegro de la presente resolución y un extracto de la misma en algún diario de mayor circulación en esa comuna.
Anótese, tómese razón, comuníquese y archívese.- Ricardo L. Salles González, Intendente Regional de Magallanes y Antártica Chilena.- Juan Poblete Silva, Jefe Departamento Jurídico Servicio Gobierno Regional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Juan Poblete Silva, Jefe Departamento Jurídico Servicio Gobierno Regional.