Servicio Agrícola y Ganadero mediante resolución exenta No. 1486 de 12 de Agosto de 1987, conforme art. 5° Transitorio Código de Aguas, determinó Derechos de Aprovechamiento Aguas proporcionales que corresponden a Sector Excluido y Sector Expropiado Predios "Hijuela El Bajo de Totihue", "Hijuela Santa Anita de Totihue" y propiedad de 5 Hás. más o menos, ubicado dentro de la Hijuela Santa Anita de Totihue y parte de la segunda porción de Totihue, de la comuna de Rengo, VI Región; y Derechos Aprovechamiento Aguas que corresponden a 65 parcelas N°s. 1 a la 65, sitios N°s. 1 al 48 y Reservas CORA No. 1 a la 7 del Proyecto de Parcelación Totihue, formado por predios señalados y otro. Los derechos de agua se extraen de los canales, Cerro, Peumal ambos del Río Cachapoal, Canal Los Yuyos proveniente del Estero Totihue. Derrames "Fundo Pichiguao", Santa Anita, Las Cabras, Santa Amalia, Fundo San Rafael. Agua de las quebradas El Calabozo y Las Pataguas, El Limonaro del Peumal. Elevación mecánica El Peumal de Totihue. Publicación hecha conforme art. 13 Ley No. 18.377.-
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